DECRETA HACIENDA ESTATAL
ESTÍMULOS FISCALES A CONTRIBUYENTES



Chetumal, 28 de Octubre.- Por acuerdo del Gobernador del Estado, Félix Arturo González Canto, con motivo de los severos daños causados por el huracán “Wilma” a los municipios de Benito Juárez, Cozumel, Solidaridad, Isla Mujeres y Lázaro Cárdenas, el día 28 de octubre del año en curso, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, entrando en vigor el mismo día, un Decreto que contempla los siguientes beneficios y estímulos fiscales a todos los contribuyentes domiciliados en los municipios de referencia:

Los contribuyentes obligados al pago del Impuesto al Hospedaje, tendrán la opción de pagar de manera diferida el monto de las contribuciones generadas en los meses de octubre noviembre y diciembre 2005 hasta los meses de enero, febrero y marzo de 2006, respectivamente, sin causar recargos.

Los contribuyentes obligados al pago del Impuesto Sobre Nómina, tendrán la opción de pagar de manera diferida el monto de las contribuciones generadas en los meses de octubre noviembre y diciembre 2005, hasta en doce parcialidades debiendo enterarlas durante el año 2006, sin causar recargos.

Todos los contribuyentes que deseen celebrar convenio de pago en parcialidades para el cumplimiento de sus obligaciones generadas en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2005, quedarán exentos de presentar la garantía correspondiente.

Los contribuyentes que antes del mes de octubre hubieren celebrado convenios de pagos de parcialidades  para el cumplimiento de alguna obligación fiscal podrán diferir sus parcialidades de los meses de octubre, noviembre y diciembre 2005, reanudando el cómputo de la obligación a partir del mes de enero de 2006, sin que se causen recargos.

Se condona hasta el 31 de diciembre de 2005 el 50% del pago de los derechos por los siguientes servicios de carácter estatal:

  1. De tránsito y control vehicular;
  2. Del registro y control de vehículos;
  3. Del Registro Civil, y
  4. Del Registro Público de la Propiedad y del Comercio
  5. Los beneficios antes descritos, se aplicarán de manera directa en las oficinas recaudadoras de los municipios de referencia al momento de realizar el pago correspondiente.

Adicionalmente, se acordó la suspensión del cómputo del término por espacio de 15 días contados a partir del día 24 de octubre y hasta el 11 de noviembre para la interposición de los medios de defensa de los contribuyentes domiciliados en los municipios afectados; es decir, del 24 al 11 de noviembre no correrá plazo alguno, en favor de los contribuyentes; acuerdo que se encuentra publicado en la página oficial electrónica de la Secretaría de Hacienda del Estado.

A T E N T A M E N T E
EL SECRETARIO DE HACIENDA

LIC. FREDY EFRÉN MARRUFO MARTÍN

 

 

 

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